sábado, 16 de junio de 2007
jueves, 14 de junio de 2007
Sentencia del Tribunal Constitucional
Como ha dicho un amigo:
"Nuestros venerables Ministros (con la única excepción de esa manzana podrida que es Vodanovic) han declarado que es facultad del legislador fijar las penas y que no se ve como esa facultad puede vulnerar la Carta Fundamental, en ninguno de los aspectos mencionados en el requerimiento. Correa Sutil, en un arranque de mayor lucidez (si es que eso es posible) ha señalado que la ponderación armónica de la Convención y las Reglas Mínimas, obliga a concluir que es facultad de cada Estado definir el parámetro a partir del cual se puede considerar que estamos en presencia de casos que constituyen la última rattio.
No voy a referirme al voto de Vodanovic, dado que es lo único que no merece la pena ser comentado en esta brillante pieza jurídica.
De acuerdo con lo anterior, los actores de este sistema debemos ser prudentes y administrarlo en consonancia con las señales de nuestros legisladores. No vaya a ser cosa que a la próxima pongan el parámetro en el Hurto Falta, cuestión que pueden hacer sin afectar la constitucionalidad de la norma, dado que son soberanos para fijar el parámetro donde se les antoje."
Dice el fallo:
"En efecto, si se considera que entre aquellas ideas que sirven de sustento al proyecto examinado se encuentra la de contribuir a reafirmar los objetivos perseguidos por la Ley Nº 20.084 en el sentido de favorecer la “responsabilización y la reinserción social del adolescente”, no puede menos que afirmarse que la indicación parlamentaria aludida tiene una relación directa y sustantiva con aquélla, pues tales objetivos se cumplen si, como sostiene su autor, se trata de eliminar la opción del juez de aplicar la internación en régimen semicerrado, al menos durante los dos primeros años de la condena;"
La prevención de Jorge Correa no anda mejor cuando sostiene:
"8º. Que, del mismo modo, no es posible concluir, de manera abstracta y anticipada, que una medida de privación de libertad en un régimen cerrado impida “que los niños sean tratados de manera apropiada para su bienestar”. Ello dependerá de las específicas condiciones carcelarias a las que se le someta y si bien algunas condiciones pueden llegar a vulnerar este precepto, no corresponde a esta Magistratura, al margen de toda prueba, presumir desde ya que todas ellas impedirán el trato benefactor a que el Estado de Chile se ha obligado."
O sea, hay que probar que las cárceles no son buena cosa. La abrumadora evidencia empírica le es ajena.
miércoles, 13 de junio de 2007
Tribunal Constitucional falló en contra
SANTIAGO.- Por mayoría, y casi una semana después de la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento presentado por diputados de la Concertación, que encabezados por el parlamentario socialista Juan Bustos, pretendían frenar con esta iniciativa la polémica indicación a la citada ley impulsada por el senador gremialista Hernán Larraín y aprobada en el Congreso.
De esta manera se mantiene la propuesta del timonel de la Unión Demócrata Independiente (UDI), que endurece las penas para los delitos graves -como asesinato, violación o secuestro-, y en concreto establece que los jóvenes de 16 y 17 imputados por este tipo de ilícitos deben permanecer obligatoriamente dos años privados de libertad.
Dicha iniciativa concitó el rechazó de instituciones como la Unicef, que argumentaban que la modificación transgredía tratados internacionales suscritos por Chile para resguardar los derechos de los menores.
El TC respaldó su decisión en que el Parlamento actuó haciendo uso de sus facultades, por lo que lo resuelto en dicha instancia no puede ser sometido a este tipo de impugnaciones. La decisión fue tomada por la mayoría de sus miembros, excepto el ministro Jorge Correa Sutil.
El requerimiento fue presentado el 19 de mayo, por 33 diputados oficialistas, entre ellos el presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, Jorge Burgos, Antonio Leal, Adriana Muñoz y María Antonieta Saa.
martes, 5 de junio de 2007
La ley penal adolescente viola la convención
1.- La Convención señala que las personas son niños hasta que cumplen 18 años (art.1), y obliga a que el interés superior del niño sea tomado en cuenta como consideración primordial en todas las decisiones que las autoridades adopten (art.3). Además, señala que en todos los asuntos que afecten a los niños, su opinión debe ser consultada y tenida en cuenta (art. 12).
En materia penal, la Convención exige que los adolescentes que sean acusados de cometer delitos sean juzgados mediante “leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos” (art. 40.3), y que la finalidad de este sistema especial es “fortalecer el respeto del niño por los derechos humanos y libertades fundamentales de terceros” teniendo en cuenta “la edad del niño y la importancia de promover su reintegración”.
Por lo mismo, la Convención señala que debe disponerse de diversas medidas “alternativas a la internación en instituciones” (art. 40.4) y que “la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño” debe utilizarse “tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda” (art.37 b).
Es decir, en ningún caso los niños pueden ser juzgados mediante el mismo sistema penal de los adultos.
2.- La Ley 20.084 (aprobada a fines del 2005 y postergada en un año su entrada en vigencia por la Ley 20.110) contempla que los adolescentes (entre 14 y 18 años de edad) sean juzgados por los delitos que señala el Código penal y todas las leyes penales especiales de los adultos, y para la determinación de la sanción aplicable se utilizan las mismas reglas del Código Penal de adultos, a las que se remite el art. 22. Tras aplicar esas reglas, los jueces deben usar una tabla (art.23) que les permite aplicar internaciones en “centros cerrados” y “centros semicerrados” por máximos de hasta 5 años para los niños de 14 y 15, y de 10 años para los de 16 y 17. A diferencia de lo que exige la Convención, las sanciones “alternativas” quedan reservadas sólo para delitos menores.
Los jueces, fiscales, defensores y las policías que tratarán con estos casos no están totalmente especializados en adolescentes, sino que son los mismos órganos del derecho penal de adultos, pero que han sido “capacitados” para aplicar esta ley.
Los procedimientos aplicables son básicamente los mismos que en el Código Procesal Penal.
3.- El Comité de Derechos del Niño (de las Naciones Unidas) le hizo ver al Estado de Chile en enero del 2007 que la Ley Penal Adolescente se apartaba de lo que la Convención exige, y lo instaron a modificarla antes de que entrara en vigencia, “asegurando que la privación de libertad sea una medida impuesta como último recurso”.
Además, el Comité manifestó su preocupación por los 5 años de cárcel para los niños de 14 y 15 años, porque se permita aplicar sanciones a menores de 14 años, por la “brutalidad policial” contra los jóvenes mapuche y por el maltrato generalizado de niños y niñas por parte de la fuerza pública durante las protestas estudiantiles del 2006.
Estas recomendaciones del Comité no sólo fueron desoídas por el Estado, sino que durante el mes de mayo el Congreso y el Ejecutivo volvieron a modificar la Ley, endureciéndola aún más. Así, se aumentó de 12 a 24 horas el plazo para que un adolescente detenido sea puesto a disposición del tribunal (es decir, ahora el plazo es el mismo que para un adulto), y se obliga al juez a que en el tramo superior de la “tabla” del art. 23 sea obligatorio aplicar un mínimo de dos años de internación en centro cerrado (es decir, una cárcel de menores).
4.- Con esto resulta evidente que una Ley que ya era problemática desde el punto de vista de la Convención ha pasado a violarla abiertamente, pese a que la misma Ley invoca esta Convención y el “interés superior del niño” como marco orientador.
El Estado pretende que los adolescentes sean “responsables” por sus actos, pero se permite firmar un tratado internacional y no cumplirlo, y actuar abiertamente en contra de las indicaciones formuladas por el Comité.
El Estado pretende “dar señales” contra la impunidad, pero sigue vigente la Ley de Amnistía de 1978, la Constitución pinochetista y el modelo neoliberal, con lo que se vulnera a diario los derechos humanos, tanto los de naturaleza política como los derechos sociales y económicos.
El Estado exige deberes a los menores de edad, pero no ha sido capaz de llevar los derechos al sistema educativo, no ha aprobado la “ley de protección de derechos infanto-adolescentes” que anunció en el 2001, y reprime mediante la fuerza bruta de las Fuerzas Especiales de Carabineros a niños y niñas con el beneplácito de los medios de comunicación y con la impunidad casi total que les garantiza la Justicia Militar a los de sus propias filas.
El Estado chileno ha sido irresponsable en cuanto a los compromisos adquiridos con la infancia, y no tiene la legitimidad mínima necesaria para poder penalizar a los adolescentes chilenos.
5.- El miércoles 13 de Junio el Tribunal Constitucional se pronunciará sobre el requerimiento presentado por 33 parlamentarios que consideran “inconstitucionales” algunas de las modificaciones finales introducidas a la Ley Penal Adolescente.
sábado, 2 de junio de 2007
Se publicó hoy Ley N° 20.191
En una situación quizá inédita - o al menos, pocas veces vista- no hay, hoy, pena para los delitos que cometan adolescentes y que merezcan sanciones superiores a 5 años, en el nuevo sistema que debe partir el 8 de junio.
De no remediarse esto durante los próximos 6 días, sería el más grave error jurídico de los gobiernos de la concertación. Pueden examinar hoy la publicación en Diario Oficial.
viernes, 1 de junio de 2007
Editorial Mercurial
Crisis del Sename
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A pocos días de entrar en aplicación la nueva normativa penal juvenil, que requiere decisivamente un buen funcionamiento del Servicio Nacional de Menores (Sename), éste se encuentra sumido en una crisis que va más allá de las solas exigencias laborales y salariales de sus dos mil 800 funcionarios. Éstos se han movilizado en un paro indefinido y crecientemente violento, que incluye cortes de caminos, ocupaciones de centros y quema de neumáticos.
Tales conductas, perpetradas por quienes tienen la misión legal de rehabilitar a menores y reinsertarlos en la normalidad social, son un contrasentido que, lógicamente, los inhabilitaría para seguir cumpliendo tales funciones. Sin embargo, una ya larga experiencia hace previsible que impondrán sus demandas, y se volverá entonces a una situación similar a la anterior al paro.
Pero, precisamente, ese estado de cosas es expresivo de un agotamiento estructural del Sename, del que no pueden esperarse progresos efectivos mientras no cambie el marco conceptual en que hoy se basa. Su concepción original, en 1979, suponía una labor normativa, de financiamiento y supervisión de las funciones de rehabilitación, protección y reinserción de menores con problemas de tuición o en conflicto con la justicia. Factor clave era fomentar la acción de instituciones privadas en esas tareas -de inmensa dificultad práctica-, considerando que se trata de un área en la que, dados los incentivos e instrumentos adecuados, existe un enorme potencial e interés de personas e instituciones particulares, mucho más allá del fin de lucro que puedan o no tener algunas de ellas.
Sobre la base de una subvención estatal realista y reajustable automáticamente por IPC, entre 1980 y 1982 el Sename indujo a un alza notable en cobertura y calidad de la atención, que auguraba cambios determinantes en el universo de menores que requerían atención, que entonces se estimaban en unos 500 mil en todo Chile. Lamentablemente, la crisis económica de ese último año congeló el reajuste automático de la subvención, que nunca se retomó. La Concertación heredó el Sename, pero revirtió su orientación: en vez de promover la participación privada, se involucionó hacia el servicio estatal tradicional.
Cerrado en sí mismo, impermeable al escrutinio ciudadano -en particular durante la administración Lagos-, el Sename creció en funcionariado y peso político-administrativo, hasta amagar, de hecho, el poder del Ministerio de Justicia, del que depende. No por ello aumentaron de modo significativo ni la cobertura ni la calidad del servicio a los menores: 82 mil atendidos en 2007 representa, aproximadamente, sólo el doble de 1982. En proporción, es poco.
Modificar este cuadro supondría un cambio de enfoque, que no cabe esperar por ahora.
jueves, 31 de mayo de 2007
Expertos piden cambios institucionales
Drásticos cambios en la gestión y en la institucionalidad del Servicio Nacional de Menores (Sename) es lo que se requiere para afrontar la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, según la opinión de expertos en el tema.
Esto, más allá de los problemas de infraestructura, cobertura y diseño que presentan los centros semicerrados, situación que ya había advertido la Comisión de Expertos, y por la cual habían recomendado aplazar la entrada en vigencia de la nueva ley en un año más.
En términos precisos, el profesor de derecho de la Universidad Diego Portales y miembro de la comisión, Miguel Séller, plantea que el Sename se transforme en un "órgano de justicia penal".
Se trata de una transformación profunda. "Desde visiones culturales hasta formas de trabajo con los organismos con que se relaciona, su relación con instituciones acreditadas, es decir un gran desafío que debería consolidarse en un plazo breve", afirma el académico.
En este sentido, Cillero explica que la falta de gradualidad en la implementación de la nueva justicia juvenil provoca una "marcha forzada", que va a significar un alto nivel de exigencia para el Sename debido a que el contexto de trabajo es totalmente distinto en el nuevo sistema.
En esta misma línea, otro miembro de la citada comisión, Paulo Egenau, asegura que en las primeras discusiones sobre la responsabilidad penal adolescente, hubo una expectativa fuerte en cuanto a un cambio más profundo en la institucionalidad con que trabajaría la nueva normativa.
"Se requiere una entidad con una perspectiva moderna, un abordaje técnico y terapéutico distinto, con mayor cantidad de recursos y mayor elaboración en el tiempo", explica el actual director de la Fundación Paréntesis, del Hogar de Cristo.
Otro punto en el que coinciden otros expertos consultados es en la necesidad de profesionalizar la gestión del servicio.
Este cambio, dicen, se tiene que dar en los criterios de selección de los profesionales y las personas que ocupan los altos cargos y en la forma de elaborar los distintos programas.
La experiencia de otros países indica que junto con el nacimiento de estas nuevas leyes surgen organismos que se hacen cargo de gestionar el sistema, necesidad que había sido planteada por la comisión en su primer informe, según dice una de las fuentes consultadas.
Editorial de El Mercurio
Se ha entregado al Tribunal Constitucional la solución de un roce en el sistema político: la discrepancia relativa a la indicación del senador Larraín a la nueva ley penal juvenil. Dicha indicación, aprobada en el Congreso con los votos de la Alianza y de algunos parlamentarios del Partido Radical, introduce la obligación de decretar la internación en régimen cerrado -excluyendo la anterior posibilidad de recurrir también a un régimen semicerrado, cuando el caso lo justificare- para aquellos jóvenes de entre 16 y 18 años cuyo tramo de penalidad, luego de aplicar las normas de individualización de la sanción, sea superior a cinco años.Esta modificación ha sido criticada por distintos especialistas, pues, en la práctica, no sólo afecta a los delitos más graves (violación con homicidio, parricidio, robo con homicidio y similares), sino que también obliga, y con probable mucho mayor frecuencia, a aplicar sólo la pena de encierro a casos de mediana gravedad (por ejemplo, reiteración de delitos contra la propiedad en que no hay violencia ni intimidación a las personas). En estos últimos casos, sobre todo tratándose de menores, puede no resultar siempre justificable (incluso puede ser contraproducente) la imposición de esa sanción, atendidas las necesidades de reinserción social.El TC, sin embargo, no debe pronunciarse sobre la conveniencia o no de dicha norma (lo cual es propio del debate parlamentario), sino sobre su constitucionalidad. Según los 33 parlamentarios que han presentado el requerimiento, se habría violado la Constitución por tres razones: la indicación sería contraria a la Convención de Derechos del Niño y al principio de no retroceso de materia de derechos humanos; la norma aprobada no podría originarse en indicación parlamentaria, por tratarse de materias que serían de exclusiva competencia del Ejecutivo (sostienen que irrogaría gastos), y la indicación caería fuera de las ideas matrices del proyecto del Ejecutivo.Estos argumentos son discutibles, y es muy probable que el requerimiento sea desestimado por el TC. Ya en una sentencia de 2002, respecto del Estatuto de Roma, él declaró que dichos tratados tenían simplemente rango legal, y que su contravención podía implicar responsabilidad en el ámbito internacional para el país, pero no una violación constitucional. Adicionalmente, el TC también ha aplicado el criterio de la "deferencia razonada" entre los poderes del Estado, lo que implica que en aquellas materias que admiten legítimamente diversas interpretaciones constitucionales, las decisiones emanadas de los otros poderes del Estado (como el Congreso) que optan por alguna de esas interpretaciones deben estimarse conformes con la Constitución.La norma impugnada es discutible en lo técnico, pero responde al sentir popular, justamente atemorizado por la delincuencia siempre creciente, por la precariedad inocultable del sistema penal juvenil preparado hasta ahora por el Gobierno, y por la lenidad con que muchos jueces aplican las sanciones ya vigentes.
Paro en Sename desnuda deficiencias
El Servicio Nacional de Menores inició sus actividades el 1 de enero de 1980, y recién ahora se da la posibilidad de contar con una carrera funcionaria a través de una ley de plantas, que sería enviada al Congreso en el último trimestre del año, según un compromiso del ministro de Justicia, Carlos Maldonado, con el frente de trabajadores del Sename.
Así, se da la situación de que el 92% de los casi 2.800 funcionarios de la entidad están a contrata. De ellos, 1.917 trabajan directamente con los menores en riesgo en los centros de atención cerrados, con sueldos que van desde los $280 mil para auxiliares y administrativos, y de entre $450 mil y $600 mil para los 918 profesionales, en su mayoría sicólogos, asistentes sociales y profesores.
Carta a la Presidenta
Los problemas pasan por falta de liderazgo y una gestión ineficiente de las autoridades del servicio, y lo grafican con que la unidad a cargo de implementar la ley de responsabilidad penal adolescente tuvo cuatro jefaturas distintas en los primeros nueve meses de la actual administración.
Los trabajadores ya habían hecho ver estas críticas a la Presidenta Bachelet, en una carta que le enviaron el tres de abril pasado.
Responsabilizan al "cuoteo" político el que se haya designado gente poco idónea en las direcciones regionales y otros cargos de responsabilidad, como sucedió con la directora de la XI Región, que en mayo pasado fue destituida luego de ser sorprendida con marihuana en su casa y declararse consumidora.
Con un presupuesto de 92 mil millones de pesos para este año y 15 mil para implementar la nueva ley penal juvenil, el Sename atiende a 82 mil niños, niñas y adolescentes, tanto en forma directa como a través de entidades colaboradoras.
Cinco mil de esos menores de edad corresponden a infractores de ley, y con cerca de 800 de ellos trabajan en los recintos cerrados los funcionarios del Sename, quienes, dicen, lo hacen en forma bastante precaria y acusan falta de talleres para capacitacón laboral y oferta educacional.
Alicia del Basto, presidenta de Afuse, señala que educadores y otros profesionales, día a día, deben ingeniárselas para generar actividades que tengan ocupados a los menores, comprando incluso materiales de su propio bolsillo.
INVERSIÓN
EL SENAME cuenta este año con 15 mil millones de pesos para implementar la ley juvenil.
lunes, 28 de mayo de 2007
Las guerras del El Mercurio
La nota es del sábado.
Bruno Ebner
La imputación hecha en la semana por la UDI irritó al grupo de los 33 diputados concertacionistas que impugnaron ante el Tribunal Constitucional (TC) la polémica indicación al proyecto de Reforma Penal Adolescente suscrita por el senador UDI Hernán Larraín.
Esta indicación establece que los menores de entre 16 y 18 años que cometen delitos graves con penas superiores a los 5 años deberán cumplir, sí o sí, dos años en régimen cerrado antes de aspirar a beneficios de internación en régimen semicerrado.
Estos delitos son los de mayor gravedad e impacto. A saber: robos con homicidio; robos con violación; secuestro con homicidio; secuestro con violación, o robos con fuerza (ingresos por vía violenta a casas habitadas).
La llamada indicación "Larraín", que en el Senado fue apoyada de forma transversal, se aprobó estrechamente en la Cámara con los votos de la Alianza más los siete diputados radicales, y causó el escozor oficialista que motivó el requerimiento ante el TC. Las razones, en síntesis: dicha indicación iría contra el espíritu original del proyecto; contra los derechos de los menores amparados en convenciones internacionales reconocidas por Chile, y privaría al juez de la facultad para decidir si el joven delincuente debe irse a un recinto semicerrado y no a uno cerrado.
A raíz de esto, el mismo grupo de expertos que participó en la redacción del proyecto expresó su disconformidad con la inclusión. Paz Ciudadana, de hecho, duda sobre la conveniencia de quitarles esta prerrogativa a los jueces. En voz de Francisca Werth, la fundación advierte que encerrar dos años a todos los jóvenes que caigan en este tipo de delitos, y dada la precariedad actual de los centros de reclusión, originaría serios problemas de hacinamiento, entre otros.
La discutida norma, en verdad, no sería de Hernán Larraín. Originalmente, la redactó el ministro de Justicia, Carlos Maldonado (PRSD), y la entregó a la comisión de Constitución del Senado. No se plasmó después en el proyecto enviado al Parlamento, porque tuvo oposición en sectores de la Concertación.
Al no despachar la indicación el Gobierno, Larraín la recoge casi textual y la firma, para después presentarla junto al senador RN Alberto Espina.
"La indicación es del Gobierno, y me sorprende que el propio ministro -que es el autor- no haya salido a defenderla como corresponde a quien hace una proposición al Congreso", lamenta el senador Espina.
En la Concertación concuerdan en el origen, y el diputado DC Jorge Burgos (firmante del requerimiento) la denomina además "indicación Gobierno-Larraín-PRSD".
Y, al igual que Alberto Espina, pero desde el bando opuesto, Burgos dispara su artillería en contra del ministro Maldonado:
"No puede ser que el Gobierno no tenga posición y diga que ésta es una discusión político-parlamentaria", deplora Burgos. Afirma que, esta vez, "la indisciplina la puso el Gobierno y no los parlamentarios, porque aprobó tácitamente una indicación contraria a lo que pensaba la Concertación", argumenta.
Tomas en SENAME
Ayer amanecieron tomados la mayoría de los centros de atención a infractores de ley del país, y anunciaron un paro nacional de dos días la próxima semana.
La tensión entre los funcionarios y las autoridades de Justicia aumentó ayer, luego que los dirigentes gremiales del Sename rechazaran la última propuesta que les formuló el ministro Carlos Maldonado en la tarde del jueves, y a que recoge sólo parcialmente las aspiraciones económicas de los empleados.
Alicia del Basto, presidenta de la Asociación de Funcionarios, de Sename, Afuse, dijo que ellos están pidiendo un reajuste de 17% anual, en promedio, para los 2.800 funcionarios de la entidad, lo que implica un mayor costo para el fisco de 4 mil millones de pesos. Sin embargo, la propuesta del Ministerio alcanza a sólo 30% de lo solicitado, alrededor de mil 145 millones.
"Seguimos sosteniendo que no están las condiciones mínimas para partir con la nueva ley juvenil, pero estamos dispuestos a trabajar en el entendido que durante la puesta en marcha se irán mejorando la infraestructura, la seguridad y otros aspectos deficitarios. Pero si no hay preocupación por la gente que está en contacto directo con los infractores de ley, incluso con riesgo de sus vidas, el 8 de junio no asumiremos nuestras tareas respecto de esa ley", manifestó.
Los funcionarios del Sename tienen a su cargo los 17 centros cerrados y semicerrados hasta donde serán derivados a partir del 8 de junio por los tribunales los menores de entre 14 y 17 años infractores de ley, tanto para internación provisoria (prisión preventiva) como para cumplimiento de penas, los que no serían recibidos si no se soluciona el conflicto laboral.
Del Basto dijo que los recursos con que se cuenta para el mejoramiento (mil 145 millones de pesos) son del Ministerio de Justicia, ya que Hacienda no está dispuesta a entregar fondos adicionales para cubrir las demandas económicas.
Para la dirigenta, esa es una mala señal para sus aspiraciones, que incluyen el envío de un proyecto de plantas del Sename al Congreso, pues el 98% de los empleados están a contrata, ya que si Hacienda no está disponible para aumentar sus actuales sueldos, menos lo va a estar para crear una planta funcionaria.
Eso, dijo, no es coherente con lo señalado por la Presidenta Bachelet, en orden a atender los requerimientos de los empleados.
El ministro de Justicia, Carlos Maldonado, dijo que le parecía lamentable la agudización del conflicto en el Sename y le agrega sin duda un desafío adicional al inicio de la nueva ley juvenil.
"Esperemos que en los próximos días podamos superar esta nueva barrera, llegando a un buen entendimiento con los trabajadores del servicio", dijo el ministro.
Arica: exigen mejores salarios
Los 42 funcionarios del centro de rehabilitación conductual (Cereco) "Qhalltani", en Arica, se tomaron el recinto ayer como apoyo a las demandas nacionales de mejores salarios.
La infraestructura del centro aún no está lista para enfrentar la nueva ley, y la empresa contratista no ha aceptado hacer los trabajos con sólo $3,6 millones que destinaron para ello. Los baños no tienen puertas ni cerámica, el alcantarillado se tapa, pero los funcionarios creen que alcanzará a estar listo para el 8 de junio.
Antofagasta: No asumirían
Cerca de 30 funcionarios del Sename de Antofagasta se tomaron, "simbólicamente", el centro Surgam (vocablo bíblico que significa "levántate y camina"), y con ello impidieron el funcionamiento normal del establecimiento, donde se atiende actualmente a 16 jóvenes.
Los manifestantes impidieron el ingreso al recinto del director, Richard Castro, y señalaron que están evaluando no asumir las obligaciones que les impondrá la aplicación de la nueva Ley de Responsabilidad Juvenil.
Valparaíso: No hubo acuerdo
A partir del mediodía de ayer 230 funcionarios del Sename en la Región de Valparaíso paralizaron sus funciones en la dirección regional de dicha repartición, en el centro de rehabilitación conductual Lihuén de Limache y en el centro de observación y diagnóstico de Playa Ancha, en Valparaíso. La molestia se centra en la falta de acuerdo en las negociaciones a nivel nacional, pues no hubo consenso para mejorar sus remuneraciones. En tanto, aún hay dependencias que no están listas para recibir a los jóvenes.
Temuco: Paro será indefinido
En la IX Región de la Araucanía, el paro de tres centros del Sename comprometió a 180 funcionarios. La ocupación por 24 horas se hizo efectiva en el nuevo centro de reclusión juvenil de Cholchol y los centros de menores Belén y Alborada, en Temuco. Daglio Figueroa, dirigente de los funcionarios, dijo que de no obtenerse una respuesta favorable a sus demandas la movilización se hará indefinida a partir del lunes. Los centros paralizados albergan un total de 131 menores infractores de ley o con medidas de protección.
Coronel: En toma hace un mes
En la Octava Región, 93 funcionarios llevan más de un mes en toma del Cereco de Coronel. Ayer se sumaron 52 trabajadores del Centro de Menores Femenino "Capullo", y bloquearon los accesos a las oficinas regionales del organismo, en Concepción. La CUT y dirigentes de Gendarmería interpusieron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción, en contra del Sename y de la seremi de Justicia, porque -según los manifestantes- se quiere implementar una ley que no está en condiciones de operar.
sábado, 26 de mayo de 2007
Revista Impacto
Ex supremo Enrique Cury critica endurecimiento de reforma penal juvenil
"Otrora miembro del máximo tribunal afirmó que las nuevas medidas desvirtúan espíritu de la ley. Especialistas aseveran que indicación del senador Hernán Larraín sólo tiene fines represivos y no se enfoca a la rehabilitación, mientras que el Gobierno responsabilizó a la UDI por los cambios.
El ex ministro de la Corte Suprema Enrique Cury Urzúa se sumó a las voces de los expertos que criticaron el endurecimiento a las sanciones contempladas en la Reforma Penal Adolescente (RPA), que permitirá que los jóvenes infractores de ley sean internados al menos por dos años en un recinto similar a la cárcel cuando cometan delitos más graves.
Cury Urzúa, profesor de Derecho Penal de la Universidad Católica, aseguró que la indicación impulsada por el senador Hernán Larraín y aprobada por el Parlamento desnaturaliza la idea central que se tuvo la reforma, que se basa esencialmente en la reinserción social y no en la sanción de los delitos.
"Esta ley, en su origen, tiene por objeto dar a los jóvenes un tratamiento más adecuado en un tema extremadamente complejo, donde los países europeos han tenido que ir y venir buscando fórmulas, lo mismo han hecho en Estados Unidos. Desgraciadamente esta disposición se sale completamente de los que son los esquemas modernos de tratamiento de menores que cometen delitos", dijo uno de los más destacados penalistas del país.
El ex magistrado insistió que está en desacuerdo el texto aprobado por el Parlamento, pues no apunta a la criminalización de los jóvenes infractores de ley y no a la rehabilitación de los adolescentes.
Objetan no postergación
En el mismo sentido se manifestó la abogada Johana Heskia, experta en derechos de menores y derecho penal, para quien el texto aprobado en el Parlamento se caracteriza por un énfasis marcadamente represor y contraria a toda la normativa de protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
"La Ley de Responsabilidad Penal Adolescente nunca se ideó con fines represivos, siempre se hizo pensando en la rehabilitación y reinserción de los menores y contraria al espíritu de buscar que los jóvenes salgan del círculo de la delincuencia y se reinserten en la sociedad”, afirmó la profesional.
Agregó que la normativa tal como se aprobó no servirá de nada para el combate de la delincuencia juvenil y sólo servirá para que el fenómeno aumente significativamente en el país.
“Con la ley tal como está por ejemplo cada uno de los integrantes de los Phillips o los Guarenes habrá tres que salgan a la calle a delinquir, ya que el énfasis no estará en la rehabilitación, sino que en el castigo a los adolescentes”, afirmó Heskia.
La profesional calificó como “irresponsable” que el gobierno haya impulsado la puesta en marcha de la RPA el próximo 8 de junio, debido a los serios problemas de infraestructura que se detectan y que no estarían solucionados antes de la entrada en régimen de la ley. “Estoy en desacuerdo con la implementación de la ley tal como está es una irresponsabilidad que los cambios hayan partido cuando no está lista la institucionalidad que implica el nuevo sistema”.
Gobierno se desmarca
En tanto el ministro del Interior, Belisario Velasco, responsabilizó a la UDI por el hecho de que jóvenes de entre 16 y 17 años tengan que cumplir obligatoriamente dos años de cárcel por delitos más graves, norma que según los especialistas sería incluso más dura que la que rige a los adultos.
“Esa es una norma que se aprobó por mayoría en el Congreso, nosotros no presentamos dicha norma, fue una indicación del senador Hernán Larraín y habría que preguntarles a ellos por ese hecho”, dijo Velasco.
El secretario de Estado insistió que lo más importante de la RPA es que los jóvenes infractores serán juzgados con respeto a las normas del debido proceso, tema que hoy no existe en la legislación chilena.
“Lo importante es que los jóvenes van a ser juzgados, van a tener la debida defensa, va a haber fiscales, defensores y jueces separados y concentrados en eso, donde lo más importante es la rehabilitación. Respecto al endurecimiento de las penas habría que preguntarle al senador Larraín, ya que no está en el original del proyecto", finalizó."
viernes, 25 de mayo de 2007
Requerimiento declarado admisible
Cinthya Carvajal (El Mercurio)
miércoles, 23 de mayo de 2007
El Requerimiento ante el Tribunal Constitucional
Los diputados que suscriben, que constituyen a lo menos el número de parlamentarios exigidos por la Constitución, domiciliados –todos- para estos efectos en Avda. Pedro Montt s/n Edificio del Congreso Nacional, Cámara de Diputados, al Excmo. Tribunal Constitucional, decimos:
Que, encontrándonos dentro de plazo, y cumpliendo todos los requisitos exigidos por la Carta Fundamental, venimos en presentar el siguiente requerimiento. El día martes 14 de mayo del 2007, el Congreso Nacional, dio su aprobación al Proyecto de Ley, iniciado en mensaje de S. E. la Presidenta de la República, por medio del cual se modifica la Ley N° 20.084 (Boletín 5031-07) que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.
El proyecto despachado a la Presidenta de la República para su promulgación, contiene una norma, en su artículo único numero 3, que modifica el artículo 23 N° 1 de la Ley N° 20.084, que pretende establece como única sanción posible para el tramo de penalidad superior a 5 años la de internación en régimen cerrado.
Según se explicará, la norma señalada, por infringir nuestra Carta Fundamental, como asimismo los Tratados Internacionales que por mandato de la primera forman parte de ella, a los que nos referiremos oportunamente, debe ser declarada inconstitucional, de acuerdo a las razones que pasamos a exponer:
Antes de desarrollar in extenso nuestro planteamiento, conviene tener presente que son tres –fundamentalmente- los argumentos en que se sustenta el reproche de inconstitucionalidad de la norma; ellos son:
1° Que el artículo único numeral 3 al modificar el artículo 23 N° 1 de la Ley N° 20.084 y establecer como única sanción posible para el tramo de penalidad superior a 5 años la de internación en régimen cerrado, contradice el artículo 5 inciso 2° de la Constitución Política de la República, con relación al artículo 37 letra b) de la Convención sobre los Derechos del Niño, Decreto Supremo N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1990, y al principio de no retroceso en materia de derechos humanos.
2° Que la misma norma referida en el número precedente, no pudo ser materia de una indicación parlamentaria por referirse a materias que son de exclusiva competencia del ejecutivo, y por originar recursos, requerir informe financiero del Ministerio de Hacienda, y
3° Que la norma impugnada, no guarda relación y en consecuencia está fuera de las ideas matrices del proyecto, según se desprende del texto del Mensaje con que el Ejecutivo inició su tramitación."
El texto completo del requerimiento pueden bajarlo desde Turboload
lunes, 21 de mayo de 2007
Las polémicas falsas made in El Mercurio
Things have changed, le gustaría añadir, pero lo único que parece haber cambiado son algunas estrategias para hacer pasar los discursos que se quieren instalar como si fueran científicos o producto de la revelación.
Hoy tratan de armar una polémica entre constitucionalistas. Como los argumentos que ponen Espina y Larraín les deben haber parecido debiluchos, tratan de montar un ring. pero el contrincante de derecha les falla porque Fermandois, que es serio, no se presta para bailar y les suelta un "ni he visto el proyecto ni la indicación", así que contradicción como les habría gustado, nada por ahora.
"Opiniones discrepantes entre abogados constitucionalistas
El futuro que el recurso pueda tener en el Tribunal Constitucional genera opiniones diversas entre los abogados constitucionalistas.
Para el profesional Arturo Fermandois, "si este proyecto de ley -que no conozco en detalle ni tampoco la indicación- infringiera la Convención de los Derechos del Niño, más que un problema constitucional, sería un problema de responsabilidad internacional del Estado".
Haciendo alusión al mismo fallo antes citado, el abogado Francisco Cumplido aseveró que en ese caso el TC estimó que los tratados internacionales no tenían el mismo rango que la Constitución, "pero el punto está en que la Constitución no establece limitaciones en este tema; o sea, sería aplicable la Convención de los Derechos del Niño para no establecer penas que exceden lo que establece dicha Convención".
Cumplido, quien participó en la redacción de la reforma constitucional de 1989, aseveró que en esa oportunidad "se entendió que las normas de los tratados internacionales relacionadas con derechos esenciales de las personas, como sería este caso, se entienden de rango constitucional. Esa es mi opinión".
Sobre la posible vulneración de la ideas matrices de la ley, el abogado Fermandois dijo "que el TC ha tenido distintos criterios, privilegiando la flexibilidad, es decir, que las divisiones de materias no son muy estrictas".
Miente, o se equivocan, Espina y Larraín
Larraín dice que la indicación es del Ministro Maldonado
"Me ha sorprendido este recurso porque la indicación que yo he sustentado correspondía además a una iniciativa que el Ejecutivo estuvo promoviendo pero al no encontrar consenso desechó, tiene un objetivo muy preciso y muy justificado."
¿Es decir, que cuando no obtuvo el consenso, le paso la indicación a la derecha?
domingo, 20 de mayo de 2007
senadora alvear
Senadores y RPA: El debate
Senadores y RPA
sábado, 19 de mayo de 2007
Carolina Tohá expresó desacuerdo con texto aprobado
Asimismo, la parlamentaria PPD recordó que el sentido de la Ley Penal Juvenil es "rehabilitar, sacar de la delincuencia a los adolescentes y abrirles otras oportunidades. Las penas contempladas en esa ley deben ir en ese sentido, es decir, sancionar para corregir conductas, para enseñar, no para ensañarse".
Tohá sostuvo además que inclinarse por una ley más punitiva no hará más efectivo el sistema, "por el contrario, la efectividad de la justicia penal está en integrar a los jóvenes a una vida respetuosa de la ley y para ello sirve la educación, la capacitación, el apoyo psicológico y social, la creación de redes sociales y afectivas; los castigos deben ser funcionales a ese proceso y no al revés".
Según la diputada, las penas privativas de libertad no son un buen camino para lograr la rehabilitación ni para los adultos ni para los jóvenes, pero en el caso de los segundos "hay otras opciones, como el régimen semicerrado y la libertad vigilada que están disponibles en la nueva ley, pero lamentablemente se les quita espacio con medidas como la aprobada ayer, que insisten en apostar por el régimen cerrado como única opción en el caso de los delitos más graves", explicó.
Finalmente, Tohá aclaró que el Partido por la Democracia ha defendido sistemáticamente esta visión de lo que debe ser el sistema penal para jóvenes y por ello, votó unánimemente en contra de la indicación del senador Larraín la que, sin embargo, fue aprobada.
¿Y los jóvenes? Diputado Jorge Burgos
Ambas consideraciones son equivocadas y graves, pues lo central es tener un sistema lo más cercano a lo óptimo queda, como una cuestión secundaria frente a consideraciones políticas; mala forma de legislar sin duda, se termino olvidando el objetivo principal: los jóvenes. Por desgracia, no sólo se decidió hacer andar un sistema a media maquina, sino que además, a propósito de solucionar cuestiones procesales indispensables, se incorpora, en un acuerdo Ejecutivo, oposición y legisladores radicales, una norma procesal – penal, que altera el fondo del sentido de la ley y conspira contra los principios objetivos que la norma siempre tuvo.
Para acceder a los documentos del debate de una ley
Sálvese quien pueda, Política actual según P Navia
"La ingobernabilidad que hoy aflige a la Concertación es resultado de la equivocada estrategia de privilegiar liderazgos personales que adoptó la coalición de gobierno en la campaña de 2005. A menos que el gobierno reconozca que la gobernabilidad descansa en los partidos y que éstos se reformen para mejorar la rendición de cuentas, la Concertación perderá la ventaja que ha tenido sobre una derecha que desde hace mucho tiempo empezó a privilegiar los liderazgos individuales.
La democracia no existe sin partidos políticos. Las tentaciones populistas son inevitables cuando los partidos son débiles. Pero los partidos a menudo alimentan el fuego de su propia destrucción. La poca rendición de cuentas ante la ciudadanía, las facciones y la falta de competencia interna (que dificulta la renovación de liderazgos) le restan legitimidad al sistema. Los partidos desconfían de la participación ciudadana. En vez de rendición de cuentas y transparencia, los partidos privilegian los acuerdos a puertas cerradas. En vez de diálogo y deliberación, los partidos quieren imponer la disciplina como si fueran ejércitos.
Como candidata, Bachelet entendió las demandas ciudadanas por mayor participación y mejor rendición de cuentas. Varias veces señaló que su candidatura había nacido desde la voluntad ciudadana y que los partidos se habían sumado después. Después del fiasco de la primera vuelta, Bachelet temporalmente buscó el apoyo de los partidos. Una vez en La Moneda, quiso impulsar reformas participativas ignorando a los partidos. Desde el nombramiento de su gabinete hasta sus iniciativas de reforma electoral y cuotas de género, quiso reformar los partidos desde fuera. El esfuerzo fue predeciblemente inútil. Defendiendo sus propios intereses, los caciques partidistas la abandonaron.
Ya que entonces contaba con altos niveles de aprobación, Bachelet intentó imponer su voluntad al Congreso. Pero después del desastre del Transantiago, su popularidad cayó y Bachelet se quedó sin herramientas para imponer su agenda legislativa. El desorden de estos días es la conclusión de una crónica de un fracaso anunciado. Un gobierno crecientemente impopular provoca una reacción del tipo sálvese quien pueda en los parlamentarios oficialistas. Cuando los partidos no tienen legitimidad ni herramientas para inducir la disciplina, el desorden y la ingobernabilidad son inevitables. Los llamados a la disciplina de la Presidenta solo subrayan su falta de autoridad. Bachelet ya no manda en el barco concertacionista.
Cuando advirtió que “esto no da para más,” Soledad Alvear también reconoció la crisis e implícitamente aceptó que su propio futuro político depende del éxito de Bachelet. Ahora, ambas deben sumar fuerzas para fortalecer el sistema de partidos promoviendo mayores instancias de competencia, rendición de cuentas y transparencia. Solo así lograran más disciplina y gobernabilidad.
Ya no se puede imponer disciplina desde La Moneda. Ni Bachelet ni las directivas de los partidos tienen las herramientas para hacerlo. Pero todos, incluidos los parlamentarios díscolos, quieren legitimarse ante la opinión pública. Por eso, el gobierno debe promover medidas que incentiven la transparencia y la rendición de cuentas en los partidos. Hay que exigir primarias obligatorias para todos los partidos que quieran financiamiento estatal. También se deben promover elecciones concurrentes en las internas de todos los partidos, abiertas a todos los simpatizantes para así reducir la influencia de las facciones y los grupos de poder. El gobierno debe introducir reformas que hagan a los partidos más responsables ante los ciudadanos. Además de producir mayor disciplina y ordenar sus filas, el gobierno dará ayudará a mejorar esta democracia que está dando señales de agotamiento. La mejor forma de evitar que los políticos se sumen a la lógica del sálvese quien pueda es fortaleciendo el barco de la institucionalidad democrática. De lo contrario, además de inútiles, los llamados al orden sólo profundizarán la crisis de gobernabilidad."
viernes, 18 de mayo de 2007
Juventud del Ps pide al TC declarar inconstitucionalidad
La nueva medida, impulsada por el senador UDI Hernán Larraín y aprobada en su mayoría por la Cámara de Diputados, establece que los jóvenes entre 16 y 17 años condenados a más de cinco años de reclusión deben cumplir al menos dos en un recinto cerrado.
Ante ello, la JS rechazó las nuevas indicaciones ya que la Convención sobre los Derechos del Niño señala que "la privación de libertad debe ser el último recurso y sólo para delitos graves y con violencia en las personas".
Para la Juventud Socialista, los tratados internacionales "son parte constitutiva de nuestro ordenamiento constitucional según el artículo quinto, y por lo tanto, todas las leyes que se dicten en el país deben estar en concordancia con la carta fundamental.
En consecuencia, la JS requirió al Tribunal Constitucional a que, en virtud de sus atribuciones de control preventivo, declare inconstitucional la ley antes de su promulgación.
Los radicales y la Ley Gómez
Terminada ayer la tramitación de la ley que modifica aspectos de la ley de responsabilidad penal adolescente, es posible legítimamente denominar a este cuerpo legal, la Ley Gómez.
En efecto, mientras fue ministro de justicia, fue su responsabilidad el endurecimiento del proyecto que en 1998, el Ministerio de Justicia, había hecho público junto con UNICEF. Fue el entonces secretario de estado radical, quien, corrigió normas procesales, alargó los plazos de duración máxima de la internación, entre otras cuestiones, que llevaron a que el proyecto enviado por él, en junio del 2002, a trámite legislativo fuera duramente criticado por unicef y por diversas Ongs. Tanto es así que el mensaje de dicho texto, y que había sudo elaborado previamente, queda desconectado de algunas de las cuestiones que se regulan en el cuerpo de la iniciativa.
Mientras se discutió legislativamente el proyecto, nuevamente los senadores radicales tuvieron un rol protagónico al votar en contar del planteamiento del ejecutivo, en octubre del 2005, por una mayor duración de las penas privativas de libertad. De hecho, esa vez, en el hemiciclo de la cámara alta, hubo votos de los senadores designados (Vega, Aburto) que consideraron que los máximos propuestos por el gobierno (3 años, para los delitos cometidos por menores de 16 años, y 8 años, para los delitos cometidos por menores de 18 y mayores de 16) eran razonables. No pensaron así los tres senadores radicales cuyos votos definieron la cuestión votando junto a la derecha en contra de la propuesta del gobierno.
En el día de ayer, el senador Gómez volvió a imponer su punto de vista de endurecer las sanciones penales a los jóvenes, alineando a los diputados de su partido, quienes votaron con la derecha, una vez más. Esta maniobra se inició la semana pasada cuando el senador Gómez sorprendiendo a los senadores concertacionista de la comisión de constitución, votó junto a la derecha. Ayer, formalmente al menos (el ministro de justicia es radical y mano derecha del senador) el gobierno no respaldaba esa iniciativa.
Esta ley, cuya dimensión represiva se ha visto acentuada con las últimas modificaciones lleva el sello indeleble del senador Gómez y del partido radical. La historia lo juzgará.
jueves, 17 de mayo de 2007
Declaración de UNICEF
• El principio dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño -ratificada por el Congreso Nacional sin oposición alguna en 1990- en cuanto a que la privación de libertad debe ser el último recurso y sólo para delitos graves y con violencia en las persona, ha quedado lesionado, al establecerse esta sanción como pena única para ciertos casos de delitos no violentos.
• Extender las sanciones privativas de libertad para adolescentes acusados de cometer delitos en los que no haya mediado violencia ni amenaza de violencia contra las personas, contradice las finalidades que la misma Ley declara y no es coherente con los principios y fundamentos de reinserción social que la inspiran.
• La privación de libertad perturba la integración social del adolescente y provoca un daño en su desarrollo.
• UNICEF ha manifestado en diversas oportunidades la necesidad de reformar la Justicia Penal de Adolescentes y ha seguido muy de cerca el proceso de implementación de la Ley 20.084 que entra en vigencia el 8 de Junio. Hemos organizado diversas actividades para apoyar la creación de un Sistema especializado de Justicia Penal de Adolescentes y hemos centrado nuestra atención en que la aplicación de las sanciones privativas y no privativas de libertad se ajuste a las normas de la Convención sobre los Derechos del Niño.
• Durante los últimos meses UNICEF ha participado en reuniones de especialistas y capacitaciones, insistiendo en que el sistema debe ponderar debidamente las necesidades de protección y desarrollo de los adolescentes y la convivencia social pacífica.
• UNICEF reitera su compromiso con el país, y especialmente con las personas menores de 18 años, de abogar por un monitoreo permanente a la implementación de esta Ley para asegurar la plena vigencia de los derechos de las personas a las que se les aplique, en cumplimiento del mandato explícito que la Convención sobre los Derechos del Niño nos impone, el que ha sido refrendado por el Comité de los Derechos del Niño al examinar la situación de Chile en febrero 2007.
Bustos considera grave lo aprobado por el Congreso.
Congreso endurece penas a jóvenes
El resultado molestó a algunos diputados de la Concertación, quienes reclamaron al ministro Maldonado (también radical) por lo sucedido.Fidel Espinoza (PS) le dijo al secretario de Estado que él es ministro de la Presidenta Bachelet y no del Partido Radical. "Lamentamos que el PR se haya concomitado con él para liquidar un proyecto del gobierno", sostuvo Espinoza al precisar que eso quedaba bastante claro si se considera que en el Senado la indicación fue apoyada por el presidente de ese partido, senador José Antonio Gómez. "No vale la pena responder ese tipo de comentarios", contestó el ministro de Justicia. Maldonado hizo ver que lo importante es que el proyecto del Ejecutivo fue aprobado casi por unanimidad en el Senado y en la Cámara. Los puntos que generaron debate, agregó, fueron introducidos por los parlamentarios y resueltos por ellos mismos según sus atribuciones, "lo que el Gobierno respeta plenamente".